El modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero debe presentarse durante este mes de marzo. Están obligados a su presentación las personas físicas y entidades residentes en el estado español siempre que tengan bienes ubicados en el extranjero.
Esta declaración es meramente informativa y no origina ingreso, debe presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y tiene como fecha límite el 31 de marzo, correspondiéndose con la información del ejercicio del año anterior.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?
Se está obligado a presentar siempre que alguna de las siguientes partidas situadas en el el exterior superen los 50.000 euros:
- Dinero en cuentas corrientes
- Inmuebles
- Títulos valores (acciones, obligaciones, fondos de inversión…)
A pesar de su carácter puramente informativo, en caso de no presentarla de estar obligado a ello las consecuencias en forma de sanción son especialmente graves.
Por tanto, si está obligado a presentarla o tiene dudas al respecto contacte con nosotros cuanto antes o bien consulte nuestra entrada relacionada con el modelo 720 para ampliar la información.