Todos los trabajadores autónomos pueden cambiar hasta 4 veces en el año su base de cotización de forma fácil y telemática a través del sistema RED. Cualquier cambio en la situación laboral del autónomo, al alza o a la baja, puede aprovecharse para modificar la base de cotización aunque es importante saber que existen unos plazos marcados para llevarlos a cabo.
La principal ventaja en poder cambiar dicha base de cotización radica en poder ajustar los gastos del autónomo, reduciendo su cuota, ante contingencias tan comunes como una baja productividad o sufrir algún tipo de accidente o baja por enfermedad. Además, al poder realizarse una por trimestre, el autónomo siempre puede volver a subir su base de cotización para recuperar su posición anterior.
Plazos para cambiar la base de cotización de los autónomos
Los plazos a tener en cuenta, desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Autónomos en 2018, son los siguientes:
- Presentación del 1 de enero al 31 de marzo, efectos a partir del 1 de abril
- Presentación del 1 de abril al 30 de junio, efectos a partir del 1 de julio
- Presentación del 1 de julio al 30 de septiembre, efectos a partir del 1 de octubre
- Presentación del 1 de octubre al 31 de diciembre, efectos a partir del 1 de enero (año siguiente)
El autónomo podrá realizar tantas solicitudes de cambio como desee, siendo únicamente la última petición realizada dentro de los plazos indicados, la que será tenida en cuenta.
Diferencias entre base de cotización y cuota
Ambos conceptos están relacionados entre sí, a menor base de cotización menor cuota mensual a pagar, aunque son conceptos distintos.
Las cuotas que el autónomo liquida mes a mes a la Seguridad Social se calculan según la base de cotización elegida. Podemos verlo claramente en el siguiente párrafo:
- Base de Cotización Mínima 944,40€ = Cuota mensual de Autónomo de 283,32€
- Base de Cotización 1214,10€ = Cuota mensual de Autónomo de 364,22€
- Base de Cotización Máxima 4070,10€ = Cuota mensual de Autónomo de 1221,03€
La principal novedad que entró en vigor el año 2019 es que el trabajador autónomo goza de coberturas en contingencias profesionales, cese de actividad y formación, cuando antes estas eran opcionales, a cambio de una subida en la base mínima de tan sólo un 1,25%.
Estas coberturas permiten ahora al autónomo cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de la baja además de dejar de pagar la cuota mensual desde el segundo mes de baja por incapacidad temporal hasta la fecha del alta. Además, la prestación por cese de actividad pasa de 12 a 24 meses.
Limitaciones en la base de cotización según la edad del autónomo
Hasta ahora hemos visto la flexibilidad que se permite para realizar los cambios pero existe una restricción para todo esto según la edad, siendo los 47 años la barrera que marca una u otra opción, existiendo unos límites entre los mínimos y máximos a cotizar a partir de esta edad.
Si el autónomo es menor de 47 años podrá solicitar cualquier base de cotización comprendida entre la mínima y máxima permitidas por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Si a 1 de Enero de 2019 tiene 48 años o más su margen estará limitado entre los 1018,50€ y 2077,80€ mensuales.
Cómo solicitar el cambio de base de cotización RETA
Al principio de este artículo hemos comentado que se puede realizar de forma telemática. Para ello hay que dirigirse a la Sede Electrónica de la TGSS y realizar los siguientes pasos:
Sede Electrónica > Ciudadanos> Afiliación e Inscripción> Cambio en la base de cotización-autónomos
Finalmente hay que recordar que los cambios solicitados no se ponen en marcha de inmediato, si no que siempre serán efectivos el primer día del siguiente trimestre en curso. Poniendo como ejemplo la fecha de publicación de este artículo (27/09/2019) aún dispone de plazo hasta el día 30 de Septiembre para solicitar el cambio y que éste, entre en vigor a partir del 1 de Octubre.
Cómo afectan estos cambios en la jubilación
Aunque la mayor parte de los autónomos optaran por la cotización mínima durante los primeros años para posteriormente ir subiendo es importante estudiar cada caso de forma independiente para tomar una decisión lo más optimizada posible.
Si está interesado, desde nuestra asesoría ASSUR Abogados y Economistas en Málaga, podemos ayudarle estudiando su caso de forma más específica para tomar una buena decisión de futuro.
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