Poco acostumbrados a las buenas noticias nos tiene la Agencia Tributaria así que hay que felicitarse por la entrada en vigor el pasado 21 de octubre de la orden MInisterial HAP/2178/2015 la cual incrementa el límite para solicitar fraccionamiento de deudas sin necesidad de aportar garantías adicionales a 30.000 euros.
Recordemos que es posible solicitar fraccionamiento de deudas en cualquier momento, ya sea en período voluntario como ejecutivo, siempre que sea antes de la notificación del acuerdo de la enajenación de bienes.
Recordar igualmente que durante 2015 el tipo de interés de demora, que es el que se aplica en los aplazamientos es del 4.375% y que para 2016 bajará al 3.75%